Control Interno de Gestión


Oficina Asesora de Control Interno de Gestión

Imagen de perfil de la jefe de la oficina asesora de control interno de gestión, Mariluz Lizarazo Téllez

Mariluz Lizarazo Téllez

Contaduría Pública – Universidad Libre de Colombia, Seccional Cúcuta.

Especialista en Revisoría Fiscal – Universidad Libre de Colombia, Seccional Cúcuta.

Asistente Administrativo, Alcaldía de Villa del Rosario Junio 1998 – Mayo 1999.

Asesor Contable, Cortes y Dobleces, febrero de 2002.

Asesor Contable, Aceros Laminados la Frontera, abril de 2002.

Asesor Contable, Parroquia San Francisco de Asís, Octubre de 2008.

Jefe de Control Interno de Gestión, Alcaldía de Villa del Rosario, Enero de 2008 – Enero de 2011.

Jefe de Control Interno de Gestión, Gobernación 2012 – 2015.

Es misión de la oficina asesora de Control Interno, encaminar a la administración departamental a que las actuaciones sean ajustadas a la ley y la formulación de objetivos y metas, permitiendo que todas las instancias, que conforman la administración central se involucren y comprometan activamente, en el ejercicio del control interno de acuerdo a los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoración de los costos ambientales.

La visión es la de implementar un buen sistema de control interno en la gobernación del departamento, que genere un cambio de actitud en el servidor público y contar con el talento humano eficiente y ampliamente comprometido con el éxito de la administración, así mismo lograr transformar la entidad buscando la articulación armónica de todas sus dependencias coordinando acciones que conlleven a resultados óptimos.

El Control Interno tiene como objetivo fundamental establecer las acciones, las políticas, los métodos, procedimientos y mecanismos de prevención, control, evaluación y de mejoramiento continuo de la Gobernación Norte de Santander que le permitan la autoprotección necesaria para garantizar una función administrativa transparente, eficiente, cumplimiento de la Constitución, leyes y normas que la regulan, coordinación de actuaciones con las diferentes instancias con las que se relaciona y una alta contribución al cumplimiento de la finalidad social del Estado.

  • Establecer las acciones que permitan garantizar el cumplimiento de la función administrativa de la entidad, bajo los preceptos y mandatos que le impone la Constitución Nacional, la ley, sus reglamentos y las regulaciones que le son propias.

  • Definir las normas administrativas provenientes de la autorregulación que permite la coordinación de actuaciones de la entidad.

  • Diseñar los instrumentos de verificación y evaluación pertinentes para garantizar que la entidad cumpla con la reglamentación que rige su hacer.

  • Crear conciencia en todos los servidores públicos sobre la importancia del Control, mediante la creación y mantenimiento de un entorno favorable que conserve sus fundamentos básicos y favorezca la observancia de sus principios.

  • Disponer los procedimientos de planeación y mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional de la entidad, de acuerdo con su naturaleza, características y propósitos de la entidad.

  • Diseñar los procedimientos e instrumentos necesarios que permitan a la entidad proteger sus recursos, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten.

  • Determinar los mecanismos de prevención, detección y corrección que permitan mantener las operaciones, funciones y actividades institucionales en armonía con los principios de eficacia, eficiencia y economía.

  • Velar porque todas las actividades y recursos de la entidad estén dirigidos hacia el cumplimiento de su función constitucional.

  • Establecer los mecanismos y procedimientos que garanticen la generación y registro de información oportuna y confiable, necesaria a la toma de decisiones internas, el cumplimiento de obligaciones ante los diferentes niveles del Estado, la información a los grupos de interés sobre la forma de conducir la entidad y la Rendición de Cuentas a la Comunidad.

  • Diseñar los instrumentos que permiten llevar a cabo una efectiva comunicación interna y externa a fin de dar a conocer la información de manera transparente, oportuna y veraz, garantizando que la operación de la entidad pública se ejecute adecuada y convenientemente, así como el conocimiento por parte de los diferentes grupos de interés de los resultados de la gestión.

  • Garantizar la existencia de mecanismos y procedimientos que permitan en tiempo real, realizar seguimiento a la gestión de la entidad por parte de los diferentes niveles de autoridad y responsabilidad, permitiendo acciones oportunas de corrección y de mejoramiento.

  • Disponer de mecanismos de verificación y evaluación permanentes del Control Interno que brinden apoyo a la toma de decisiones en procura de los objetivos institucionales.

  • Garantizar la existencia de la función de evaluación independiente del Sistema de Control Interno y de Auditoría Interna, como mecanismos neutrales y objetivos de verificación del cumplimiento a la gestión y los objetivos de la institución pública.

  • Propiciar el mejoramiento continuo de la gestión de la entidad y de su capacidad para responder efectivamente a los diferentes grupos de interés.

  • Establecer los procedimientos que permiten la integración de las observaciones provenientes de los órganos de control a las acciones de mejoramiento de la entidad.

  • Disponer los mecanismos necesarios a garantizar la generación de información base, para la elaboración de los reportes de información y cumplimiento de las obligaciones de la entidad pública ante los diferentes niveles del Estado.

  • Establecer los procedimientos que permitan la generación de información legalmente establecida por los diferentes órganos de control, que tiene a su cargo la vigilancia de la entidad pública.

  • Velar por la generación de informes y elaboración de reportes que en uso de su derecho de información, soliciten los diferentes grupos de interés.

Las funciones de la Oficina Asesora de Control Interno de Gestión de la gobernación de Norte de Santander son:

  1. Verificar que los procesos que desarrolla la gobernación de Norte de Santander tengan definido su sistema de control.
  2. Garantizar el seguimiento y control al cumplimiento de metas y objetivos de planes y proyectos de la gobernación de Norte de Santander.
  3. Desarrollar lo establecido en la ley 87 de 1993 y demás normas que la adicionan, modifican y sustituyen.
  4. Hacer evaluación a la medición de la gestión de las dependencias.
  5. Garantizar el seguimiento y control de la gestión de los diferentes procesos que desarrolle la gobernación de Norte de Santander.
  6. Verificar la calidad de los servicios de la gobernación de Norte de Santander frente a sus diferentes tipos de clientes: alcaldes, funcionarios, pensionados y demás ciudadanos.
  7. Desarrollar capacidades sobre control interno en las personas de la entidad, a través de programas educativos y de difusión.
  8. Orientar a las diferentes dependencias de la gobernación de Norte de Santander en la implementación de mecanismos de control que permitan lograr máximos niveles de autocontrol en las actividades que desarrolle.
  9. Hacer seguimiento al comportamiento de los indicadores de cada uno de los procesos, planes, programas y proyectos de la gobernación de Norte de Santander y de esta como un todo frente a parámetros de eficiencia y eficacia establecidos y los resultados esperados.
  10. Definir e establecer el sistema de control de gestión que permita garantizar el seguimiento de la gestión de su dependencia.
  11. Asegurar que los procesos asignados a cada área incorporen los cambios generados en el entorno y estén permanentemente adaptados a las necesidades de la gobernación de Norte de Santander, de modo tal que coadyuven en el logro de ventajas competitivas.
  12. Asegurar que en los procesos se garantice la participación ciudadana de acuerdo con las normas legales.
  13. Articular con las entidades descentralizadas la ejecución de actividades de control interno y la coordinación de éstas con las políticas y programas de la gobernación de Norte de Santander.
  14. Ejercer las demás funciones que le atribuyan las disposiciones constitucionales, legales y ordenanzas vigentes y que surjan en relación con la naturaleza de la oficina.

Fuente: Artículo 17, Decreto No 001387 del 21 de junio de 2024

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